Canal de denuncias
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Este canal garantiza la confidencialidad, la transparencia y la buena fe.
PRINCIPIOS GENERALES DEL SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN Y DEFENSA DEL INFORMANTE
El funcionamiento y la gestión del Sistema Interno de Información de Unide se rige por los siguientes principios generales:
Confidencialidad. Se permite la comunicación anónima de información a través del Sistema Interno de Información. Además, resulta indispensable garantizar la confidencialidad del informante en lo relativo a su identidad y el contenido de las comunicaciones que realice.
No resulta obligatorio que para la gestión del Sistema Interno de Información las comunicaciones sean anónimas, sin embargo, la norma permite el anonimato, ya que es la mejor garantía para la defensa y protección del informante. Por lo que si el informante opta por su anonimato, nunca podrá revelarse su identidad.
El dato de la identidad del informante se limita a la posibilidad de comunicación de dicha identidad sólo a la autoridad judicial, el Ministerio Fiscal o la autoridad administrativa competente exigiendo que en todo caso se impida el acceso por terceros a la misma.
Aunque el informante decida libremente no ocultar su identidad, el informe de resolución de la investigación llevada a cabo con motivo de una comunicación de información, nunca hará referencia a la identidad del informante ni de las partes implicadas, en aras a garantizar la debida confidencialidad.
Respeto y Buena fe. Las comunicaciones que se realicen a través del Sistema Interno de Información se realizarán en base al respeto y a la buena fe.
El informante que lleve a cabo una comunicación de información realizará tal comunicación siempre que tenga una verdadera sospecha de que la información facilitada es veraz, completa y precisa, con independencia de que tras el proceso de investigación, se verifique que la información facilitada no resulta constitutiva de infracción.
La buena fe es la expresión de que el comportamiento del informante es cívico y que, por ende, no comunica información falsa o tergiversada de manera ilícita.
Transparencia y accesibilidad. El Sistema Interno de Información debe ser fácilmente accesible para los empleados de Unide y para aquellos terceros que mantengan o hayan mantenido algún tipo de relación con Unide, además, el informante debe recibir información clara sobre su acceso y funcionamiento.
El Sistema Interno de Información de Unide será de conocimiento y acceso público a través de los siguientes canales: a través de la página web https://tu.unidesupermercados.es/canal-denuncias/ mediante el formulario online; a través del correo electrónico compliance@unide.es; a través de correo postal dirigido a Unidad Alimentaria Mercamadrid Ctra. Villaverde a Vallecas, Km. 3,800 Calle 21, Parcela A-2, 28053 Madrid; y a través del teléfono 900 100 578. Asimismo, a solicitud del informante, podrá presentarse la comunicación mediante reunión presencial dentro del plazo máximo de siete días.
Objetividad e Imparcialidad. Todas las comunicaciones de información recibidas a través del Sistema Interno de Información de Unide serán tratadas y gestionadas siguiendo los mismos criterios, en función de lo establecido en el Procedimiento de gestión de las informaciones recibidas a través del Sistema Interno de Información.
Las normas de gestión del Sistema Interno de Información se han regulado en un procedimiento, ello implica que todas las comunicaciones son tratadas por igual y gestionadas siguiendo los mismos criterios, con independencia de quién comunique, a quién afecte y las posibles implicaciones de la misma, por lo que ninguna comunicación de información tendrá un determinado privilegio sobre las demás.
En aplicación del principio de imparcialidad, cuando se revele que el informante es un determinado empleado, se informará al departamento de Recursos Humanos para que se asegure de que la persona no se ha visto afectada con ninguna consecuencia negativa. En caso de que se tomaran acciones contra la persona trabajadora informante, podría implicar la comisión de infracciones en materia laboral.
Procedimiento de gestión. Tras la recepción de una comunicación a través del Sistema Interno de Información, se remitirá acuse de recibo al informante en el plazo máximo de siete días naturales siguientes a su recepción, salvo que la comunicación sea anónima y no sea posible contactar con el informante, o que el acuse de recibo pueda poner en peligro la confidencialidad de la comunicación. El plazo máximo para dar respuesta sobre las actuaciones de investigación no podrá ser superior a tres meses desde la recepción de la comunicación, salvo casos de especial complejidad que requieran una ampliación del plazo, que podrá extenderse hasta un máximo de otros tres meses adicionales. Las personas afectadas por una comunicación tendrán derecho a la presunción de inocencia, al derecho de defensa, a ser informadas de las acciones u omisiones que se les atribuyen y a ser oídas en cualquier momento.
Canal externo de información. De conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley 2/2023, cualquier persona comprendida en el ámbito de aplicación de dicha ley podrá informar ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. (AIPI), de las acciones u omisiones previstas en su artículo 2, ya sea directamente o con posterioridad a haber formulado una comunicación a través del canal interno. La información sobre el canal externo de la AIPI, incluidos los datos de contacto y las condiciones para acogerse a la protección dispensada por la ley, se encuentra disponible en su sede electrónica: https://www.proteccioninformante.gob.es/presentar-una-nueva-informacion-canal-externo.
En cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, UNIDE ha implantado un Sistema Interno de Información. De conformidad con lo previsto en el artículo 6 de la citada ley, la gestión del Sistema Interno de Información ha sido encomendada a Jurisweb Interactiva, S.L., como tercero externo, que se encarga de la recepción y tramitación de las comunicaciones recibidas, garantizando la independencia, la confidencialidad, la protección de datos y el secreto de las comunicaciones. La externalización de la gestión no supone un menoscabo de las garantías establecidas legalmente ni una atribución de la responsabilidad del Sistema a persona distinta de su Responsable, designado por el Consejo Rector de Unide.